Arte de Iván Lira | Twitter @ivanernestolira Fuerza Guaiquerí y Movimiento Free Alex Saab |
Por Manuel Gómez | Twitter @MG73041501
Robert Scola, juez del circuito de Miami (EE.UU.), había dilatado para el 29 de agosto de 2022 la audiencia sobre el estatus diplomático del embajador venezolano Alex Saab. Pero en julio 15/2022 el juez Scola realizó una «Audiencia de Conferencia de Estado» en relación con el caso del Diplomático Venezolano.
Una audiencia es similar a un juicio, solo que los procedimientos, por lo general, son informales. Generalmente, las partes pueden hacer los argumentos iniciales y finales, presentar documentos y testimonios, interrogar y contrainterrogar, objetar y obtener del juez dictámenes sobre objeciones.
La finalidad de la «Audiencia» buscaba establecer hasta dónde había llegado procesalmente el caso de Alex Saab y si existían objeciones que requerían los dictámenes del juez Scola.
En el marco de esta «Audiencia» se debe recordar que en enero de 2022 el Tribunal de Apelaciones del Circuito 11 de Atlanta, Georgia, EE.UU., ordenaba poner fin a varias acciones dilatorias por parte del Departamento de Estado dirigidas a retrasar los avances sobre la decisión de la apelación por el estatus Diplomático de Alex Saab.
En la «Audiencia de Conferencia de Estado» el juez Robert Scola, haciendo referencia a la Doctrina Brady, “recuerda” a la Fiscalía estadounidense sus obligaciones y además le ordena a la misma entregar documentos sobre el estatus diplomático de Alex Saab, pruebas exculpatorias que deben ser reveladas a la defensa del Enviado Especial Venezolano.
La doctrina Brady es una regla de descubrimiento (Divulgación Brady) previo al juicio, que fue establecida por la Corte Suprema de los Estados Unidos de América bajo la Quinta y Decimocuarta Enmiendas en «Brady contra Maryland, 373 U.S. 83 (1963)»
La regla Brady obliga a la fiscalía estadounidense a entregar todas las pruebas exculpatorias al “acusado” en un caso. Las pruebas exculpatorias son pruebas que pueden exonerar al “acusado”.
La Doctrina Brady sentencia que todo material; información, documentos, testigos y pruebas exculpatorias o de acusación importantes para la culpabilidad, pena o inocencia deben ser presentadas por la Fiscalía a la Defensa. La supresión de pruebas favorables a un “acusado” que las ha solicitado viola el debido proceso.
La fiscalía estadounidense debe revelar pruebas exculpatorias conocidas por diversas agencias del gobierno de Estados Unidos. Es decir, la fiscalía está en la obligación de establecer procedimientos regulares mediante los cuales las agencias del gobierno estadounidense comuniquen de forma oficial a la fiscalía sobre cualquier información o prueba que sirva para determinar la inocencia del “acusado”. La Doctrina Brady obliga a la fiscalía a permitir a la defensa un «acceso razonable» a todo material exculpatorio cuando el “acusado” lo solicita.
La Corte Suprema de los Estados Unidos ha reiterado favorecer la «Divulgación» sobre el «Encubrimiento». Es una obligación permanente para la fiscalía. Incluso se crearon oficinas y establecieron procedimientos especializados para cumplir con la Divulgación Brady.
Si la Fiscalía estadounidense persiste en sus acciones dilatorias y encubrimiento de la información estaría incurriendo en la «Violación Brady», la negativa del gobierno estadounidense a no revelar evidencia materialmente favorable al “acusado”.
Se debe resaltar que en los últimos 50 años el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha examinado «La Doctrina Brady» en 12 decisiones importantes desde el caso «Giles contra Maryland, 386 US 66 (1967)»
El caso del Diplomático Venezolano Alex Saab está plagado de innumerables engaños, manipulaciones, encubrimientos y delitos perpetrados por el gobierno de los Estados Unidos de América, no contra Alex Saab per se, sino contra la República Bolivariana de Venezuela porque, primeramente, la Convención de Viena establece que las «inmunidades y privilegios se conceden, no en beneficio de las personas, sino con el fin de garantizar el desempeño eficaz de las funciones de las misiones diplomáticas en calidad de representantes de los Estados». El régimen de Washington en función de sus oscuros intereses se ha empecinado en tratar de ocultar o encubrir que Alex Saab es un Diplomático debidamente acreditado y reconocido.
Es un hecho noticioso, es público y notorio que la República Bolivariana de Venezuela, como Estado acreditante, y la República Islámica de Irán, como Estado receptor, acreditó y reconoció, respectivamente, al Enviado Especial Venezolano Alex Saab.
Las «Confesiones de Mark T. Esper» en su libro «Un juramento sagrado. Memorias de un Secretario de Defensa en tiempos extraordinarios» arrojan innumerables datos e informaciones sobre el conocimiento que tienen diversas agencias del gobierno estadounidense sobre el estatus diplomático de Alex Saab, pero EE.UU. ha optado por ejecutar una brutal campaña de silencios y encubrimientos que desconocen inclusive su propia jurisprudencia sobre Inmunidad Diplomática.
El Enviado Especial Venezolano Alex Saab, secuestrado por el régimen estadounidense, tendrá su próxima audiencia en octubre 31/2022.
Referencias.
▪️ «Brady contra Maryland, 373 U.S. 83 (1963)»
▪️ Libro «A sacred oath. Memoirs of a Secretary of Defense during extraordinary times» de Mark T. Esper.